martes, 24 de diciembre de 2013

Condenada al exilio con siete años.

Entendemos que debe valorarse el conjunto de circunstancias personales a la hora de tomar la medida de expulsión. El derecho a la vida familiar, el interés superior de la menor, etc. ¿dónde quedan?
http://politica.elpais.com/politica/2013/12/22/actualidad/1387715659_518050.html 

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